NIIF 11 Acuerdos Conjuntos

NIIF 11 Acuerdos Conjuntos

La característica distintiva de un acuerdo conjunto en comparación con otras inversiones, como las de subsidiarias y asociadas, es que existe algún tipo de acuerdo contractual (como un convenio) entre dos o más partes (llamadas “partícipes”) en las que acuerdan tener Control conjunto sobre una operación u otra entidad. El control conjunto significa que las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de los participantes.

La NIIF 11 establece que los acuerdos conjuntos son operaciones conjuntas o negocios conjuntos:
Una operación conjunta es un acuerdo conjunto mediante el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derechos sobre los activos y obligaciones por los pasivos relacionados con el acuerdo. Estos partícipes se llaman operadores conjuntos.

Un negocio conjunto es un acuerdo conjunto por el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derechos sobre los activos netos (o patrimonio) del acuerdo. Esos partícipes se llaman negocio conjunto.

Por lo tanto, una disposición conjunta que no está estructurada a través de un vehículo separado es una operación conjunta. En tales casos, el acuerdo contractual establece los derechos de las partes a los activos, y las obligaciones por los pasivos, relacionados con el acuerdo, y los derechos de las partes a los ingresos y obligaciones correspondientes a los gastos correspondientes.

Por último, tenga en cuenta que un acuerdo conjunto en el que los activos y pasivos relacionados con el acuerdo se mantienen en un vehículo separado puede ser un negocio conjunto o una operación conjunta.

No hay revelaciones especificadas en la NIIF 11. En cambio, la NIIF 12 Revelación de intereses en otras entidades describe las revelaciones requeridas.

 

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